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Organización pública

La Unión Europea

La organización de la Unión Europea. El Consejo Europeo, el Consejo, el Parlamento Europeo, la Comisión Europea y el Tribunal de Justicia de la Unión Europea.

Fichas de estudio

Marco institucional y Parlamento Europeo

Instituciones (art. 13 TUE)

  • Parlamento Europeo, Consejo Europeo, Consejo, Comisión, Tribunal de Justicia de la UE, Banco Central Europeo y Tribunal de Cuentas.
  • Asistidos por el Comité Económico y Social y el Comité de las Regiones (funciones consultivas).
  • Principio de cooperación leal entre instituciones.

Parlamento Europeo (art. 14 TUE; arts. 223-234 TFUE)

  • Ejerce con el Consejo la función legislativa y presupuestaria; control político; elige al Presidente de la Comisión.
  • Máximo 750 diputados más el Presidente; mínimo 6 y máximo 96 por Estado; representación decrecientemente proporcional.
  • Sufragio universal directo, libre y secreto; mandato de 5 años.
  • Decide por mayoría de los votos emitidos; se reúne sin convocatoria el segundo martes de marzo.
  • Comisión temporal de investigación: a petición de una cuarta parte de sus miembros.
  • Elige al Defensor del Pueblo Europeo (mala administración) para toda la legislatura.
  • Moción de censura contra la Comisión: tras 3 días, votación pública; dos tercios de los votos emitidos que sean mayoría de los diputados.
  • Sede: Estrasburgo (12 plenos mensuales); comisiones en Bruselas; Secretaría General en Luxemburgo.

Consejo Europeo y Consejo

Consejo Europeo (art. 15 TUE)

  • Da los impulsos necesarios y define las orientaciones y prioridades políticas generales; no legisla.
  • Composición: Jefes de Estado o de Gobierno, su Presidente y el Presidente de la Comisión; participa el Alto Representante.
  • Se reúne dos veces por semestre; decide por consenso salvo otra previsión.
  • Presidente: mayoría cualificada, 2 años y medio, renovable una vez; no puede ejercer mandato nacional.
  • Cuestiones de procedimiento y reglamento interno: mayoría simple (art. 235 TFUE).

Consejo (art. 16 TUE)

  • Ejerce con el Parlamento la función legislativa y presupuestaria; define políticas y coordina.
  • Un representante de rango ministerial por Estado.
  • Regla general: mayoría cualificada = 55 % de los miembros (al menos 15) que representen el 65 % de la población; minoría de bloqueo: 4 miembros.
  • Formaciones: Asuntos Generales y Asuntos Exteriores (esta la preside el Alto Representante).
  • COREPER prepara sus trabajos; sesiones públicas al deliberar y votar actos legislativos.
  • Presidencia de las formaciones (salvo Exteriores): rotación igual entre Estados.
  • Sede: Bruselas; en abril, junio y octubre, reuniones en Luxemburgo.

Comisión Europea y Alto Representante

Comisión (art. 17 TUE)

  • Promueve el interés general de la Unión y vela por la aplicación de los Tratados; ejecuta el presupuesto; representación exterior (salvo PESC).
  • Iniciativa legislativa: los actos legislativos solo se adoptan a propuesta de la Comisión, salvo otra previsión.
  • Mandato de 5 años; plena independencia; sede en Bruselas.
  • Presidente: lo propone el Consejo Europeo por mayoría cualificada y lo elige el Parlamento por mayoría de sus miembros.
  • El colegio se somete al voto de aprobación del Parlamento y lo nombra el Consejo Europeo.
  • Responsabilidad colegiada ante el Parlamento; acuerdos por mayoría de sus miembros.

Alto Representante (art. 18 TUE)

  • Nombrado por el Consejo Europeo por mayoría cualificada, con la aprobación del Presidente de la Comisión.
  • Dirige la PESC, preside el Consejo de Asuntos Exteriores y es Vicepresidente de la Comisión.

Tribunal de Justicia, otras instituciones y actos

TJUE (art. 19 TUE; arts. 251-255 TFUE)

  • Garantiza el respeto del Derecho en la interpretación y aplicación de los Tratados.
  • Tribunal de Justicia: un juez por Estado, asistido por abogados generales; Tribunal General: al menos un juez por Estado.
  • Nombrados de común acuerdo por los Gobiernos por 6 años, renovación parcial cada 3; reelegibles.
  • Presidente elegido por los jueces por 3 años, renovable.
  • Cuestión prejudicial, a petición de los órganos jurisdiccionales nacionales.
  • Sede: Luxemburgo. Comité de idoneidad de 7 personalidades.

Tribunal de Cuentas y BCE

  • Tribunal de Cuentas: un nacional por Estado, 6 años; Presidente 3 años; sede Luxemburgo.
  • BCE: sede en Fráncfort. BEI: Luxemburgo. Europol: La Haya.

Actos jurídicos (art. 288 TFUE)

  • Reglamento: alcance general, obligatorio en todos sus elementos y directamente aplicable.
  • Directiva: obliga en cuanto al resultado; forma y medios, a elección nacional.
  • Decisión: obligatoria en todos sus elementos (para sus destinatarios).
  • Recomendaciones y dictámenes: no vinculantes.

Adhesión y retirada (arts. 49-50 TUE)

  • Adhesión: solicitud al Consejo (unanimidad), previa aprobación del Parlamento; ratificación por todos los Estados.
  • Retirada: notificación al Consejo Europeo; los Tratados dejan de aplicarse a los 2 años si no hay acuerdo (prorrogable por unanimidad).

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